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Fondo Presidente de la República

 

Autor: Fernando Uribe / Estudiante Trabajo Social

El Fondo Social Presidente de la República (en adelante Fondo Social), tiene como enfoque fundamental fomentar y fortalecer a las organizaciones sociales quienes son la expresión básica de la ciudadanía del país. La participación ciudadana, es la que sostiene el vínculo entre los gobiernos y los ciudadanos, donde el Fondo Social cumple un rol relevante de acción en el territorio.

Este Fondo Concursable invita a entidades públicas y privadas, que no persigan fines de lucro, a postular el financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan a apoyar y complementar las políticas de inversión social del Estado. Los proyectos deberán estar preferentemente orientados a construir tejido social (acción coordinada de un grupo de personas) y contribuir a superar la vulnerabilidad social de una comunidad u organización determinada.

¿Quiénes pueden postular?

Podrán postular a un proyecto, todos aquellos Organismos o Instituciones Públicas y Privadas, de conformidad a lo establecido en el D.S N° 964 de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que tengan personalidad jurídica vigente, que no persigan fines de lucro, y que no tengan saldos pendientes o cuentas por rendir con el Fondo Social, según lo dispuesto en la Resolución N° 30 del año 2015, de la Contraloría General de la República. Si existiera deuda, la organización deberá contar con la aprobación de la rendición de cuentas, por parte de la Unidad de Rendiciones del Fondo Social. Dicha rendición deberá ser efectuada a lo menos con 5 días hábiles antes de efectuar una postulación, si esta condición no se cumple, la postulación será declarada “no válida por deuda”.

Con la finalidad de beneficiar a nuevas organizaciones, el presente proceso no contempla financiar postulaciones de organizaciones beneficiadas el año 2018. Por esta razón, de existir postulaciones en la situación antes indicada, estas serán declaradas “No válida por beneficio anterior”.

Los Recursos del Fondo Social se distribuyen a través de dos modalidades: FONDES (Fondos Desconcentrados) y Fondo Nacional.

Líneas de financiamiento

El proceso de postulación 2019 contempla el financiamiento de tres tipos de proyectos:

Proyectos de Equipamiento Comunitario

Corresponde a aquellos destinados a la adquisición de un bien mueble necesario para la realización de una actividad determinada; la durabilidad estimada de estos se encuentran en un rango superior al año de vida útil. El objetivo de dichos proyectos, es que contribuyan a mejorar el bienestar material y/o social de los beneficiarios. Los montos a postular tendrán un mínimo de $300.000 y un máximo de $1.500.000.- cuyo plazo máximo de ejecución y de presentación de rendición de cuentas, es de 3 meses contados desde la transferencia de recursos o depósito del cheque en la cuenta bancaria a nombre de la Organización.

Dentro de esta línea de financiamiento, existe una categoría de proyectos de equipamiento de menor envergadura los cuales han sido diseñados particularmente para ser utilizados en distintos lugares. Este tipo de proyectos, cuando corresponda, tendrá la posibilidad de acreditar lugar de funcionamiento facilitado por otra organización de la misma forma que los proyectos de implementación comunitaria (ver cuadro de tipologías de proyectos de equipamiento).

Proyectos de Implementación Comunitaria

Corresponde a aquellos destinados a la adquisición de artículos, materiales y utensilios, necesarios para la realización de una actividad determinada; no tienen una vida útil prolongada. El objetivo de dichos proyectos, es contribuir al desarrollo organizacional, y a la cohesión social de los beneficiarios. Los montos a postular tendrán un mínimo de $300.000 y un máximo de $1.000.000.- cuyo plazo máximo de ejecución y de presentación de la rendición de cuentas, es de 3 meses contados desde la transferencia de recursos o depósito del cheque en la cuenta bancaria a nombre de la Organización.

Proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria

Corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción, mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles, espacios públicos (incluye implementación), centros de salud municipales, postas rurales y estaciones médico rurales (ver desglose en tipología), proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad inmobiliaria – de conformidad a la Ley 19.537, proyectos que contemplen el mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural (APR), Construcción de cierres perimetrales en viviendas sociales básicas, Proyectos de mantención, mejoramiento o implementación de salas cunas, jardines infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o corporaciones.

En cuanto al monto de financiamiento de los proyectos de infraestructura que se podrán solicitar al Fondo Social, se debe distinguir:
1. Para aquellos proyectos de obras nuevas, incluyendo construcción de multicanchas y APR, el monto mínimo que se podrá solicitar es de $2.000.000 y con un máximo de $28.000.000.
2. Para proyectos de mejoramiento, reparación o ampliación de obras existentes, donde también se incluyen los cierres perimetrales se podrá solicitar un monto mínimo de $2.000.000 y un máximo de $15.000.000.




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